SANTA CRUZ.- Habría una nuevo pedido para reiniciar el proceso por considerar que quedaron sin tratamiento las causales de fondo que fundamentaron el pedido de enjuiciamiento a la magistrada.
La Sala Acusadora que trató ayer el juicio político a la vocal del Tribunal Superior, Reneé Fernández, resolvió archivar el expediente argumentando que ya estaban vencidos los plazos para abordar las causas que motivaron la presentación del excamarista, Diego Lerena para que se juzgue el desempeño de la magistrada tanto en la causa Nuñez, como en la posterior conformación del tribunal de enjuiciamiento que presidió Reneé Fernández que resolvió la destitución de Lerena.
El recorrido del expediente
El 2 de diciembre de 2024 ingresó formalmente a la legislatura el pedido de juicio político presentado por el doctor Diego Lerena, para que se juzgue la actuación de Reneé Fernández por faltar a los deberes de funcionario público, e incumplimiento de la obligación de inhibirse.
El 13 de marzo de este año el pedido fue presentado en sesión legislativa para dar formal inicio al proceso de enjuiciamiento. El miércoles 25 de junio la secretaria general de la Cámara de Diputados remitió la denuncia a la Sala Acusadora para que sea tratada.
Ayer viernes 27 de junio, la Sala dio tratamiento al tema en sesión reservada y de acuerdo al reglamento.
Hasta el momento no hubo explicaciones respecto de la dilación en el tratamiento del expediente, que dejó caer los plazos para el tratamiento del juicio a la vocal del Tribunal Superior.
Los plazos
Las salas acusadora y juzgadora se conforman con diputados elegidos por sorteo en la primera sesión del año legislativo. De acuerdo al Artículo 139 de la Constitución Provincial, "El juicio político se ajustará al siguiente procedimiento que podrá ser reglamentado por ley:
1) División por sorteo de la Cámara de Diputados, en Sala Acusadora y Sala Juzgadora, que tendrá lugar la primera sesión ordinaria de cada año.
2) Término de cuarenta días para que la Sala Acusadora acepte por dos tercios de votos de sus miembros presentes o rechace la sanción.
3) Término de treinta días para que la Sala Juzgadora resuelva en definitiva debiendo dictarse el fallo condenatorio por dos tercios de votos de los miembros presentes.
4) Votación nominal de ambas salas.
5) Amplias facultades de investigación.
6) Garantías de la defensa y prueba.
7) Suspensión del acusado al aceptarse la acusación por la primera sala, y retorno al ejercicio de sus funciones, con reintegro de haberes, al dictarse fallo absolutorio o vencer el término sin fallo alguno.
Votación y archivo
Por mayoría de 9 votos el expediente fue enviado a archivo en razón de que los plazos estaban caídos. Hubo dos abstenciones y un legislador ausente con justificación.
Luego que se conociera la decisión del órgano acusador, desde el patrocinio letrado del excamarista Diego Lerena aseguraron a Winfo Santa Cruz, que ya están trabajando en una nueva presentación solicitando que se retome el juicio político, ya que los miembros de la Sala Acusadora no abordaron los argumentos de fondo de la denuncia contra la jueza.