LAS HERAS.- La tenencia de estas especies exóticas está prohibida, aunque aun falta determinar las causas por las cuales el animal se encontraba bajo la tenencia de las personas que en el procedimiento fueron detenidas. Qué dice la ley sobre tenencia de animales exóticos.

En la jornada de hoy, personal de la División Comisaría Segunda de Las Heras llevó a cabo un allanamiento en una vivienda ubicada en el barrio Las Américas, en cumplimiento de una orden emitida por el Juzgado de Instrucción y Penal Juvenil N° 1 de la localidad.

La policía informó que en el operativo se incautó un mono carayá de color negro, considerado una especie exótica.

La investigación se originó tras una denuncia radicada el pasado 18 de diciembre en el Juzgado de Faltas de Las Heras dónde reportaron un caso de maltrato animal.

El juzgado dispuso la detención, en carácter de incomunicados, de dos personas, entre ellas una mujer de nacionales paraguaya de 40 años y un hombre 43 años, que residían en el domicilio allanado.

En tanto que el mono carayá fue entregado al personal de Zoonosis Municipal para garantizar su resguardo y cuidado.

Qué dice la ley sobre tenencia de animales exóticos

En Argentina, la tenencia de fauna silvestre como mascotas está fuertemente regulada y, en la mayoría de los casos, directamente prohibida. El mono carayá (también conocido como mono aullador negro) es una especie nativa, y la legislación nacional, así como las normativas provinciales, protegen la fauna autóctona.

La Ley Nacional de Fauna (Ley N° 22.421) y su reglamentación prohíben la caza, tenencia, comercialización y traslado de especies nativas sin permisos especiales y muy específicos. Cada provincia también puede tener su propia normativa, pero en general, la tenencia de un mono carayá como mascota no está permitida. Estos animales son considerados parte del patrimonio natural y su extracción del hábitat silvestre, así como la tenencia en ámbitos domésticos, se considera una infracción a la ley.

Además, estos primates requieren cuidados muy especializados, son animales sociales y su privación de la vida en grupo y en su ambiente natural es considerada maltrato. Las sanciones por tener fauna silvestre sin autorización pueden incluir multas, decomiso del animal y, en algunos casos, hasta acciones penales.