RÍO GALLEGOS.- No podrá salir de Chile hasta que no abone la fianza. El joven que protagonizó el episodio en Monte Aymond jura que no actuó de mala fe. Lo defiende un abogado de oficio de la justicia trasandina. Un caso similar protagonizó otro argentino en abril. El hecho da cuenta de la importancia de declarar sumas de dinero superior a los 10 mil dólares.
El jueves último Máximo Figueroa, de 32 años y oriundo de Río Gallegos donde se dedica a la actividad comercial, se dirigía Punta Arenas en su automóvil particular acompañado de su madre para realizar compras en el vecino país.
Una vez en el paso fronterizo y luego de cumplir con los trámites de rigor, Figueroa declaró en la Aduana chilena que portaba una suma de dinero en efectivo menor al límite máximo permitido de 10 mil dólares, pero no informó sobre el resto del dinero que guardaba en su automóvil.
Cuando el personal de aduana procedió a revisar el vehículo halló en el maletero una caja de plástico transparente conteniendo el dinero no declarado por la suma de 40 mil dólares.
Según su versión, el hecho de que el dinero no estaba escondido sino a la vista, era una muestra de que no actuó de mala fe. Alegó además que por su actividad comercial viaja regularmente a Punta Arenas.
En el acto el joven fue retenido y la situación se tornó crítica cuando fue trasladado a Punta Arenas bajo la custodia de Carabineros y pasó la noche en un calabozo. Al día siguiente, la Fiscalía formalizó cargos en su contra por el delito de contrabando.
Figueroa no puede salir de Chile y enfrenta graves consecuencias legales
El juez le impuso un arraigo regional, lo que significa que no puede abandonar la región de Magallanes hasta que pague una fianza de 10 millones de pesos chilenos (aproximadamente 12 mil dólares). Figueroa, que actualmente se encuentra alojado en un hostal, describió su situación como "muy angustiante", resaltando la dificultad de estar en un país extranjero sin familiares o amigos que lo apoyen.
Según consigna el diario La Prensa Austral de Punta Arenas, ahora el único apoyo de Máximo es José Manuel Agüero, el abogado penal público que por turno le fue asignado, . El profesional dijo que ingresará a la Corte una apelación para obtener que se modifique el arraigo regional que le impusieron a su cliente. “Porque para nadie es fácil llegar y conseguir diez millones de pesos para una fianza. Es como que lo quieren castigar dos o tres veces por una equivocación”, dijo.
Espera que la apelación sea vista lo antes posible, “porque es un extranjero que está retenido en contra de su voluntad en territorio chileno”.Incluso la Fiscalía solicitó en la audiencia del viernes el arresto domiciliario nocturno, pero el juez no la concedió, justamente porque el imputado es argentino y no tiene arraigo en Punta Arenas.
Un caso similar protagonizó otro argentino en abril
El 05 de abril, Daniel Villanueva, proveniente de Caleta Olivia, emprendió viaje hacia la ciudad de Punta Arenas en un viaje de negocios.
Al llegar al paso fronterizo chileno Monte Aymond, el personal de Aduanas sorprendió al hombre ingresando al país con una cantidad de dinero sin declarar, en el vehículo y en su mochila.
La calificación jurídica de los hechos, según expuso la fiscal Johana Irribarra, corresponde al contrabando de divisas. “Equivale casi a 40 millones de pesos en moneda nacional, él tenía la obligación de haber informado que venía con esa cantidad de dinero y no lo hizo, por lo tanto, pasó a control de detención por el delito de contrabando de divisas. Es una figura bastante nueva, con la modificación legal del año pasado”, sostuvo la fiscal.
Se estableció un plazo de investigación de 60 días, decretándole la medida cautelar de arraigo nacional al imputado argentino. Durante este tiempo, en el que estará obligado a permanecer en el país, el Ministerio Público buscará investigar el uso que se le daría a este dinero sin declarar, así como constatar de dónde proviene.
Qué dice la legislación chilena sobre el ingreso de divisas al país
Según estipula la ley 19.913, al ingresar o salir del país con dinero en efectivo o instrumentos negociables al portador desde 10.000 dólares, este debe ser declarado ante Aduanas. El no cumplimiento de esta obligación es multado y los fiscalizadores podrán retener el 30% de la moneda en efectivo o el 100% de los instrumentos negociables al portador.
En noviembre del año pasado, se promulgó la ley que tipifica como delito el contrabando de dinero, que incluye el ilícito de contrabando respecto del ingreso o extracción de dinero en el territorio nacional.
Además, suma una serie de herramientas para que Aduanas persiga el contrabando de dinero, entre las que destaca el crear el delito de contrabando de dinero, aumentando sus penas; modifica la ley 19.913 y agrega el delito de declaración maliciosamente falsa en la exportación como delito base de lavado de activos; aumenta el plazo de prescripción de la acción penal para la persecución de delitos aduaneros de 3 a 5 años.
El caso subraya la importancia de declarar toda suma de dinero superior a los 10 mil dólares al cruzar fronteras.