SANTA CRUZ.- La noticia sacudió el ámbito judicial en la provincia. Diego Mario Lerena, quedó además inhabilitado para ejercer en cualquier cargo en la órbita del Poder Judicial. Esta decisión fue tomada por el Tribunal de Enjuiciamiento, que consideró su actuación como juez subrogante en el caso de un condenado por abigeato como una falta grave.
El Tribunal de Enjuiciamiento integrado por los Dres. Hugo Amadeo Figueroa y Fernando Miguel Basanta, bajo la presidencia de la Dra. Reneé Guadalupe Fernández, destituyó del cargo de Juez de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial al , doctor Diego Lerena y lo inhabilitó en adelante a ejercer cargos dentro del Poder Judicial.
La causal determinante del desplazamiento del magistrado fue su actuación como juez subrogante en diciembre de 2023 cuando resolvió un hábeas corpus a favor de Oscar Núñez, concediéndole la libertad mientras cumplía una condena de diez años de prisión por cuatro casos de abigeato.
Aquel fallo desató una ola de críticas y cuestionamientos acerca de la actuación de los magistrados y la eficacia del sistema judicial en el tratamiento de delitos relacionados con la propiedad animal.
La Sociedad Rural de Río Gallegos, calificó de "escándalo judicial" la liberación de Núñez por considerar que carecía de competencia para decidir sobre la excarcelación del condenado, por tratarse de una resolución adoptada por un juez subrogante durante la feria judicial.
En junio de este año, el Tribunal Superior de Justicia resolvió suspender en el cargo al doctor Lerena. Con la firma de la vocal Alicia Mercau, luego de un análisis de los hechos denunciados por la señora Alejandra Suárez del Solar, resolvió "rechazar el planteo de nulidad interpuesto por el dr Diego Mario Lerena, vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil Laboral y de Minería, conforme lo solicitado por la denunciante y por el Agente Fiscal ante el Tribunal Superior de Justicia".
En el punto 2 la Resolución establece "darle curso a la denuncia presentada y remitir las actuaciones administrativas al Tribunal de Enjuiciamiento a los fines de que proceda conforme lo prevé la Ley N° 28, respecto de las conductas del magistrado denunciado doctor Diego Mario Lerena, conforme fuera solicitado ".
Lerena había sido designado en el cargo de juez de Cámara por Decreto Provincial nº 1095/18 firmado por Alicia Kirchner, y juró en el cargo el 16 de noviembre de 2018.
En su resolución de fecha 20 de septiembre de 2024, el Tribunal detalla que esta medida se enmarca dentro de la Ley Nº 28, la cual estipula que las faltas graves pueden llevar a la destitución e inhabilitación de jueces.
Con la destitución de Lerena, el Poder Judicial enfrenta un momento crítico que plantea interrogantes sobre la integridad y supervisión del desempeño de sus miembros.
En el fallo se lee que la actuación del doctor Lerena como juez subrogante al liberar a Nuñez, podría haber generado "una grieta entre la sociedad y el poder judicial".
Los jurados señalan que "conforme a lo expuesto hasta aquí, se observa un grosero desconocimiento de la norma que contempla los supuestos de procedencia del habeas corpus (cfr. art. 3° de la Ley 23.098), a punto tal que arriba a una conclusión revestida de caracteres absurdos o arbitrarios".