SANTA CRUZ.- La cartera de Educación afirmó que los docentes que cumplen funciones en tutorías y talleres implementados para alumnos que vieron afectado su aprendizaje producto de los días de paro, son profesionales y/o técnicos avalados por lo indicado en el Estatuto Docente y las normativas vigentes. De este modo responde a las denuncias de dirigentes gremiales, y de un grupo de padres de estudiantes de la EPP N° 15, que dieron cuenta de la existencia de docentes no habilitados que reemplazaban a maestros en huelga, y que no contaban con el título docente correspondiente.
El Consejo de Educación calificó de "malintencionadas" estas declaraciones, que para las autoridades "generan confusión en la comunidad", y reafirmó estos dichos citando que las designaciones en cuestión, no solo cumplen con las normativas vigentes sino que también se enmarcan dentro de lo que establece el Estatuto docente.
El comunicado del Consejo de Educación.
Ante declaraciones públicas malintencionadas y erróneas que generan confusión en la comunidad educativa, vinculadas con el acceso a la docencia y con quienes están en las aulas ejerciendo su rol para garantizar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, el Consejo Provincial de Educación quiere llevar claridad y tranquilidad a todas las madres y padres, por ello comunica lo siguiente.
-Se llevan adelante en los jardines de infantes, escuelas y colegios acompañamientos, tutorías y talleres, planificados en términos pedagógicos integrales para todos aquellos estudiantes que, como consecuencia de las medidas de fuerza, hayan visto afectado el aprendizaje en su trayectoria educativa.
Los docentes a cargo de estas actividades educativas son profesionales y/o técnicos avalados por lo indicado en el Estatuto Docente y las normativas de este Consejo (Acuerdo N° 523/05 y N° 602/07) que se enmarcan en los criterios que establece la Junta de Clasificación respectiva, según el nivel o modalidad para el ingreso al sistema educativo.
Los docentes han sido designados de acuerdo a la competencia de su título (Art. 14 del Estatuto Docente) que tiene el carácter de Título Habilitante o Título Supletorio.
El Estatuto Docente prevé, ante la falta de docentes en el sistema educativo, que profesionales o técnicos puedan ejercer como educadores. Por ejemplo, un técnico en Comunicación Social puede cubrir el área de lengua, un nutricionista o médico puede cubrir el espacio de Biología, un abogado puede cubrir el espacio de Formación Ética y Ciudadana, una licenciada en Ciencia de la Educación puede cubrir el espacio de Filosofía, un ingeniero puede cubrir el espacio de química, física o matemática, etc.
Ante cualquier duda o inquietud que surja, el Consejo Provincial de Educación reitera a las Madres y Padres comunicarse con las direcciones de nivel o modalidad respectivas para solicitar información.
Finalmente, el sistema educativo requiere del compromiso de toda la comunidad para seguir avanzando en los desafíos de este tiempo. Garantizar la educación y su acceso involucra siempre a quienes, a pesar de las dificultades y tensiones, deciden contribuir desde el diálogo y la participación solidaria en la construcción de un futuro mejor para nuestros estudiantes. A todos ellos el agradecimiento permanente.