En estos días se encuentra en tratamiento legislativo un proyecto de ley provincial que busca regular las medidas cautelares en causas donde interviene el Estado Provincial o Municipal. Lejos de ser una reforma técnica y necesaria, esta iniciativa nace como respuesta reactiva a una disputa política entre el Vidalismo y el Kirchnerismo, dejando a la ciudadanía como víctima colateral.

El contexto es clave: el Poder Judicial de Santa Cruz, con fuerte impronta
kirchnerista,
bloqueó tres reformas institucionales impulsadas por el gobierno
provincial mediante medidas cautelares dictadas por una jueza de familia. Las
iniciativas frustradas (reforma del Jurado de Enjuiciamiento, reforma del Tribunal de Cuentas y modificación del Consejo de la Magistratura, en este caso, suspensión parcial son parte de reformas de contenido institucional que el gobierno pretendía encarar.

No se abordará aquí el análisis de la finalidad de estas reformas, su constitucionalidad, y efectos sobre el sistema político, señalando sólo que en general, se las advirtió como favorables y necesarias.

En respuesta a este freno judicial, el Ejecutivo provincial impulsa ahora una ley que limita drásticamente la posibilidad de que los jueces otorguen medidas cautelares contra el Estado, sea Provincial o Municipal, tornando al sujeto jurídico más fuerte en cualquier situación normal y habitual, en un sujeto de preferente tutela y protección procesal, acrecentando la desprotección del individuo y organizaciones intermedias.

Esta reforma proyectada, impone una doble preocupación.

Por un lado, es cierto que la actuación del Poder Judicial ha sido cuestionable: jueces con marcada filiación política partidaria, decisiones dictadas con sorprendente amplitud y sin el rigor técnico que se exige a una medida excepcional como la cautelar.

Las particulares intervenciones judiciales que impulsaron el proyecto bajo
análisis, son efectivamente muy criticables
, y resulta claro en mi opinión, que el sistema judicial santacruceño requiere una reforma profunda, no solo normativa sino también cultural.

En este sentido, resulta conveniente ser absolutamente claros: el Poder Judicial de Santa Cruz, en cabeza de su Tribunal Superior de Justicia, integrado con claros referentes y militantes del Kirchnerismo, intenta mantener sus privilegios y prerrogativas en los procesos de selección de los jueces y de juzgamiento de la conducta de los magistrados.

Esto era debilitado por dos de las leyes sobre las que recayeron las medidas cautelares. A su vez, el Tribunal de Cuentas, es quien debe terminar de analizar y fallar la gestión del gobierno Kirchnerista que acaba de finalizar, y su integración a la fecha, refleja -a excepción de su presidencia- a la militancia kirchnerista. No ofrece en definitiva, ninguna garantía de transparencia.

En este contexto, las medidas cautelares decretadas por la Juez de Familia, luego validadas por el Tribunal Superior de Justicia, no pueden sino ser interpretadas como una manifestación de poder político frente al Gobierno Provincial, antes que como una intervención judicial.

Pero por otro lado, esta ley que se presenta como correctivo al “exceso judicial”, termina siendo un boomerang institucional: no sanciona ni corrige al poder judicial capturado o arbitrario, sino que limita los instrumentos procesales que protegen a los ciudadanos frente al poder estatal.

Maximizar la desprotección de la ciudadanía frente al poder estatal, no puede ser la solución a un conflicto de poder.

¿Qué dice el proyecto?

El texto impone requisitos adicionales para dictar medidas cautelares, limita sus efectos en el tiempo, suspende su ejecución hasta que se cumplan exigencias formales, y prohíbe incluso afectar fondos públicos cuando esto pueda comprometer funciones esenciales del Estado, salvo casos excepcionales.

Además, impone un filtro de competencia judicial que puede inutilizar en los hechos cualquier resolución urgente.
Detrás del ropaje técnico se esconde una maniobra política: blindar al Ejecutivo frente a posibles controles judiciales, bajo la excusa de evitar que “una jueza de familia frene la reforma institucional”.

¿Qué efectos tiene?

La consecuencia directa de este proyecto es que ciudadanos, trabajadores
estatales, pacientes del sistema de salud, jubilados, ONGs o cualquier persona afectada por una omisión estatal, verá debilitada su capacidad de defensa judicial rápida.
En vez de corregir los excesos del sistema judicial, se recorta el margen de actuación de toda la ciudadanía frente al poder.
Esta es una respuesta hacia un Poder Judicial viciado y politizado, pero que daña a la ciudadanía. Es una ley de castigo mal dirigida.

¿Qué habría que hacer?

Reformas como la del Consejo de la Magistratura o del Jurado de Enjuiciamiento son necesarias. Pero deben hacerse con diálogo político amplio y cuidando la legitimidad del proceso institucional. Y si el Poder Judicial abusa de las cautelares o actúa políticamente, la solución no puede ser limitar el acceso a la justicia de todos, sino utilizar los mecanismos constitucionales pertinentes, como asimismo establecer y fortalecer procesos de evaluación, rendición de cuentas y equilibrio institucional.

El proyecto que se discute es una medida insuficiente e inadecuada. Nace de una disputa de poder, no de una política pública bien diseñada. Es una ley que no soluciona el problema de fondo del sistema judicial santacruceño, y que además genera un daño estructural que impacta gravemente en la protección de los derechos individuales frente al Estado.

Abogado – Río Gallegos.-