EL CALAFATE.- La Corte Suprema exigió informes al Estado Nacional sobre el avance de las Represas Hidroeléctricas, los estudios de impacto ambiental del tendido de alta tensión, e informes al INPRESS, al IANIGLA Y A la Administración de Parques Nacionales sobre diferentes aspectos del medio ambiente. Es en el marco de la causa iniciada por la Fundación Banco de Bosques contra el Ministerio de Planificación Federal. Para todos los informes la CSJ dio un plazo de 30 días.
Si bien no es una decisión de fondo sobre la nulidad planteada respecto del Estudio de Impacto Ambiental sobre las obras, permitirá conocer las opiniones de los organismos técnicos oficiales sobre los riesgos ambientales de las represas para los glaciares, la biodiversidad, el impacto sísmico y también sobre el macá tobiano, ave en peligro de extinción.
Qué pide la Corte Suprema de Justicia
Requerir al Estado Nacional que informe, en el plazo de 30 días, el estado actual de avance de las obras correspondientes a los aprovechamientos hidroeléctricos del Río Santa Cruz Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner - Gobernador Jorge Cepernic, actualmente Condor Cliff y La Barrancosa; y si
se han realizado los estudios de impacto ambiental de la Línea de Extra Alta Tensión.
En su caso deberá acompañar copias certificadas de sus resultados o informar y acreditar el estado actual del emprendimiento respectivo.
También pide al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, dependiente del CONICET, que en un plazo de 30 días se pronuncie con carácter definitivo sobre los estudios producidos por Emprendimientos Energéticos Binacionales S.A., atendiendo especialmente a la cuestión del “desacople” en relación con la evaluación realizada por el
ingeniero Ascencio Lara.
Otro de los organismos que deberá informar a la corte es el Instituto Nacional de Prevención Sísmica quien, en el plazo de 30 días, verifique la idoneidad de los estudios realizados por la firma EBISA en el marco de esta
causa y dentro de su ámbito de competencia, y que emita una opinión fundada en relación a la necesidad de realizar un estudio de “sismicidad inducida”.
En tanto que a la Administración de Parques Nacionales
le solicita que, en el plazo de 30 días, se expida a partir del examen del
Estudio de Impacto Ambiental, respecto de los posibles daños a la biodiversidad (especialmente en relación con la subsistencia y conservación el macá tobiano) y emita una opinión fundada sobre la idoneidad de las medidas desarrolladas en el plan de gestión ambiental.
La Corte Suprema resolvió requerir la información en el marco de la causa de la Fundación Banco de Bosques contra el Ministerio de Planificación Federal, pidiendo la suspensión de la obra. La Resolución dice en uno de sus párrafos que "la recurrente" advierte que "a medida que la obra continúe se tornará mucho más complejo detenerla u ordenarla u ordenar su destrucción", por lo que solicita la suspensión de la misma.
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