RIO GALLEGOS.- La nueva ley establce nuevas reglas para el acceso, funcionamiento y control de la matrícula.

Con la publicación en el Boletín Oficial N.º 6016 del 14 de agosto de 2025, quedó formalmente vigente la modificación a la Ley 3913, que regula el ejercicio de la abogacía y la colegiación pública en la provincia.

La reforma, incorporada mediante la Ley N.º 3942, redefine el marco institucional del Colegio de Abogados y establece nuevas reglas para el acceso, funcionamiento y control de la matrícula profesional. La creación del Colegio Público de la Abogacía de Santa Cruz, CPASC, contará una sede legal en Río Gallegos y una segunda sede en Caleta Olivia.

Esta institución será la única habilitada para controlar el ejercicio profesional y administrar la matrícula de abogados en todo el territorio provincial. La ley prohíbe expresamente el uso de denominaciones similares por otras entidades, con el objetivo de evitar confusión institucional y garantizar la centralidad del CPASC como órgano rector.

Inscripción: más garantías y transparencia

Los abogados que deseen ejercer en Santa Cruz deberán inscribirse en el CPASC. El Directorio del Colegio tendrá un plazo de 10 días hábiles para resolver cada solicitud. En caso de silencio administrativo, se habilita el recurso de pronto despacho y eventualmente el amparo judicial por mora.Además, cada solicitud será publicada durante cinco días para permitir observaciones u oposiciones, lo que introduce un mecanismo de control social y transparencia.

Elección de autoridades

El nuevo régimen establece un Directorio compuesto por 10 miembros, con paridad de género y representación equitativa entre las dos circunscripciones judiciales. Las elecciones se realizarán por listas completas y se aplicará el sistema D’Hondt para distribuir las vocalías, respetando criterios de género y territorialidad.Este modelo busca fomentar la participación activa de los profesionales en la conducción del Colegio y garantizar una representación plural.

Régimen disciplinario con derecho a defensa

Las sanciones impuestas por el Tribunal de Disciplina serán apelables con efecto suspensivo, lo que protege el derecho a defensa de los abogados. Las apelaciones deberán resolverse en un plazo de 30 días por la Cámara de Apelaciones correspondiente.

Intervención solo en casos graves

El Tribunal Superior de Justicia podrá intervenir el Colegio únicamente en situaciones excepcionales, como acefalía o irregularidades reiteradas. En esos casos, el interventor deberá convocar a elecciones en un plazo máximo de 90 días.

Con esta reforma, Santa Cruz da un paso firme hacia la consolidación de un sistema profesional más transparente, democrático y equitativo. Para los nuevos abogados, el camino hacia el ejercicio legal de la profesión será más claro, garantista y participativo.