SANTA CRUZ.- la justicia electoral determinó que parte de las firmas incluidas en el acta partidaria podrían haber sido obtenidas sin consentimiento válido o bajo condiciones de vulnerabilidad.
El Juzgado Federal con competencia electoral en Santa Cruz resolvió no oficializar la lista de candidatos a diputados nacionales presentada por el partido UNIR, tras detectar irregularidades en la documentación respaldatoria. La decisión se fundamenta en la existencia de vicios graves en el acta de la Convención Provincial del 8 de junio, instrumento clave para la conformación de la nómina.
Según el expediente CNE Nº 2405/2020, el partido había presentado actas, reglamento electoral, declaraciones juradas, copias de DNI y su plataforma política. Sin embargo, la justicia electoral determinó que parte de las firmas incluidas en el acta partidaria podrían haber sido obtenidas sin consentimiento válido o bajo condiciones de vulnerabilidad, lo que compromete la legitimidad del proceso interno.
El juez Claudio Marcelo Vázquez consideró que la documentación presentada no garantiza el cumplimiento de los requisitos legales ni respeta el principio de soberanía popular. “La gravedad de los hechos impide convalidar una lista que podría haber sido construida sobre actos nulos o simulados”, señala la resolución.
Entre los argumentos centrales del fallo, se destaca que el acta de la Convención Provincial fue utilizada para modificar la Carta Orgánica del partido, establecer el método de selección de candidatos y definir alianzas electorales. Al estar comprometida la autenticidad de ese documento, se invalida todo el proceso que derivó en la conformación de la lista. El juez remarcó que no se trata de errores formales, sino de vicios sustanciales que afectan la voluntad partidaria.
Además, se valoró el contexto en el que se habrían obtenido algunas firmas, señalando que no puede considerarse válida la participación de personas que no comprendían el alcance de lo que firmaban o que se encontraban en situación de vulnerabilidad. Esta circunstancia, según el juzgado, no solo vulnera derechos individuales sino que distorsiona el funcionamiento democrático dentro de las agrupaciones políticas.
La resolución también advierte sobre la posible comisión de delitos, lo que motivó la intervención del Ministerio Público Fiscal. En ese marco, se priorizó la protección del proceso electoral frente a cualquier intento de manipulación o simulación. “La justicia electoral no puede convalidar prácticas que alteren la expresión genuina de la ciudadanía”, concluye el fallo.
La medida deja al partido UNIR fuera de competencia en las elecciones legislativas del 26 de octubre.
La lista la integraba Diego Bavio en primer término, secundado por Graciela Julio en el segundo lugar, y Rodolfo Giglio como tercer candidato titular.