EL CALAFATE.- Un día después de la condena a Cristina Fernández en la causa Vialidad en la que él también está condenado, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 que tramita la causa por lavado en la que el empresario cumple una pena de 10 años de reclusión ordenó poner fin a la prisión domiciliaria y alojarlo nuevamente en una cárcel común.

Alrededor de las 15 horas se inició el traslado desde el Escuadrón 42 de Gendarmería, en vehículos de esa fuerza hasta Río Gallegos donde permanecerá detenido en la Unidad Penitenciaria N° 15 hasta que el Tribunal resuelva un pedido del empresario de continuar en prisión domiciliaria alegando razones de enfermedad, tanto de él como de su pareja.

El empresario Lázaro Báez, condenado a 10 años de prisión por lavado de dinero en el marco de la causa conocida como "La Ruta del Dinero K", fue trasladado nuevamente a una unidad del Servicio Penitenciario Federal, tras permanecer en prisión domiciliaria en su vivienda de El Calafate. La decisión fue dispuesta este martes por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara el último recurso de la defensa, dejando firme la sentencia.

La decisión judicial, fechada el 11 de junio de 2025, pone fin a un largo proceso judicial iniciado en 2016, cuando Báez fue detenido por primera vez. Según lo determinado por el tribunal, el empresario cumplió tres años, ocho meses y ocho días en prisión preventiva, por lo que aún le restan seis años, tres meses y 22 días para completar la condena. La Justicia rechazó el pedido de su defensa de computar también el tiempo transcurrido bajo arresto domiciliario.

En su presentación, la defensa había argumentado que Báez, de 69 años, atravesaba un delicado estado de salud y convivía con su pareja, quien padece una enfermedad terminal. Además, solicitó que se mantuviera el régimen domiciliario por razones humanitarias y en consonancia con precedentes como el del imputado Leonardo Fariña. No obstante, el tribunal consideró que los casos no eran comparables y que no se acreditaban circunstancias excepcionales que justificaran un beneficio.

La resolución también descartó computar las detenciones sufridas por Báez en otras causas penales como parte de la pena ya cumplida. El tribunal explicó que cada una de las prisiones preventivas corresponde a hechos distintos, y que no se cumplen los requisitos legales para dictar una pena única que contemple todas las condenas. En consecuencia, se negó a considerar esos períodos como parte de la condena firme vigente.

La Justicia sostuvo además que, si bien se valoran las implicancias personales y familiares del cumplimiento de la pena, corresponde continuar con el trámite de ejecución sin contemplar un tratamiento diferenciado. El tribunal dejó en claro que ni la edad avanzada ni el estado de salud del condenado constituyen motivos automáticos para otorgar prisión domiciliaria, y que su viabilidad debe discutirse en un incidente específico y con la intervención de los organismos competentes.

Lázaro Báez fue una figura clave en el esquema de corrupción investigado en la denominada "Ruta del Dinero K", donde se detectaron operaciones de lavado de activos por sumas millonarias, presuntamente vinculadas al entorno del kirchnerismo. Con esta decisión, el empresario deberá cumplir el resto de su condena en un establecimiento penitenciario federal, cerrando un capítulo judicial que duró casi una década.