SANTA CRUZ.- La Caja de Previsión Social informó sobre los plazos y modalidades de presentación de la documentación que permite acceder a la asignación que se paga una vez por año al inicio del ciclo lectivo. ¿Cómo y dónde presentar el certificado que habilita el cobro de la asignación anual?
Se trata del documento de acreditación de alumno regular que los beneficiarios de la Caja de Previsión Social deben presentar luego de finalizado el año lectivo.
El certificado extendido por los establecimientos escolares deberá ser presentado entre el 17 de diciembre de 2024 hasta el 17 de febrero de 2025 ante la CPS.
Cómo presentar el certificado de escolaridad
Por correo electrónico a la dirección asignacionesfamiliares@cps.gov.ar
Enviar una fotografía o escaneo legible de la documentación.
Incluir en el mensaje el número de legajo o el DNI de la persona responsable.
Qué debo saber sobre el certificado de escolaridad
Según la norma vigente, deberán presentar el certificado del establecimiento educativo correspondiente, acreditando la iniciación y finalización del curso dentro de los 60 días posteriores a las fechas establecidas.
La certificación de escolaridad será validada al presentarse, en el siguiente año lectivo.
La interrupción de los estudios producirá automáticamente la caducidad del beneficio a partir del primer día del mes siguiente.
Si el alumno asiste a establecimientos privados, deberá demostrarse que el curso tiene una duración mínima igual a la oficial.
No corresponde el pago de la asignación en los siguientes casos:
Estudios cursados como alumno libre.
Hijos mayores de 21 años.
Solo se reconocerán certificaciones extendidas por establecimientos de enseñanza oficial avalados por el Ministerio de Educación. No se aceptan cursos extracurriculares.
En este contexto, la CPS recuerda la importancia de cumplir con este trámite en tiempo y forma para garantizar la continuidad de los beneficios. Para mayor información, comunicarse vía mensajes, a través del teléfono +54 2966 38-5569 del ente previsional.