SANTA CRUZ.- A pesar del decreto gubernamental que estableció que la Provincia no aplicaría la deducción del impuesto nacional por considerar que los sueldos no son ganancia, muchos jubilados sufrieron el descuento por este concepto y buscan la devolución de estas sumas de dinero. Cuáles son las vías de reclamo.

Mediante el Decreto N° 1005/24 del 19 de septiembre, el gobernador, Claudio Vidal, dispuso la devolución de dichos montos argumentando que los salarios no deben estar sujetos a este tributo porque no constituyen ganancia alguna sino el resultado de un trabajo remunerado. Cabe consignar que los fondos que demande la medida, serán afrontados por el presupuesto provincial.

Entre los considerandos se lee que la Ley N° 27.743 reguló un régimen de medidas fiscales que afecta, entre otros, a los salarios bajo el impuesto a las ganancias. Sin embargo, recientes medidas cautelares han declarado la inconstitucionalidad de la amplia base imponible de dicho impuesto, que incluye ítems del salario que, por su naturaleza jurídica, no deberían tributar.

Esto motivó la decisión del Ejecutivo de reintegrar los montos descontados por considerarlos inapropiados para el caso de los trabajadores públicos.

El decreto dispone que, "desde el 1° de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2024, se reintegrarán los montos retenidos por impuesto a las ganancias al personal activo y pasivo que haya presentado el Formulario 572 web, siempre que sus ingresos no superen los $3.200.000 de sueldo bruto".

Cómo solicitar el reintegro del dinero

Con estos argumentos legales los jubilados que hayan visto reflejados en su recibo de haberes el tributo bajo el código 909, podrán solicitar la devolución escribiendo un mail a, liquidaciones@cps.gov.ar.

En caso de no poder cumplimentar el trámite vía mail o no obtengan respuesta, los beneficiarios de la Caja de Previsión podrán concurrir al edificio del organismo para realizar el reclamo de manera presencial.