SANTA CRUZ.- Cerca de las 20 horas de esta tarde, y por 22 votos a favor los legisladores aprobaron el proyecto del Poder Ejecutivo que servirá al gobierno para gestionar la asistencia a productores del campo, y la ayuda humanitaria a los sectores vulnerables de la sociedad. En la misma sesión también se aceptó la renuncia de la diputada Iris Rasgido quien asumirá la presidencia del Consejo de Educación. Asimismo se aprobó la designación de Gabriela Castro como presidenta del Tribunal de Cuentas de la provincia.

Este martes, la Legislatura de Santa Cruz aprobó el proyecto de Estado de Emergencia Climática en todo el territorio provincial. Por unanimidad, los legisladores aprobaron la normativa que ya rige en Santa Cruz por un plazo de 90 días, con posibilidad de prórroga en iguales términos.

Otro de los puntos aprobados hoy aunque en este caso por mayoría del oficialismo y el voto en contra de Unión por la Patria es la modificación de la Ley 500 “Orgánica del Tribunal de Cuentas".

Además de la aprobación de la emergencia climática los legisladores también votaron y aprobaron la modificación del Inciso c) del Capítulo V del Anexo II de la Ley Impositiva Nª 3.485 y sus modificatorias.

Asimismo, los legisladores de los tres bloques parlamentarios aprobaron la aceptación de la renuncia a la banca presentada por la Licenciada Iris Rasgido quien ya fue designada Presidenta del Consejo Provincial de Educación, y dependía de la votación legislativa para asumir formalmente sus funciones.

En otro orden los diputados aprobaron la designación del doctor Horacio Mauricio Jesús Fernández como Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la segunda circunscripción judicial con asiento en Caleta Olivia; y la designación del Dr. Marcelo Sebastián Nieva Figueroa como Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la segunda circunscripción judicial con asiento en Pico Truncado.

Emergencia climática

La norma fue dictada tras los eventos excepcionales y adversos en materia climática que vienen afrontando las regiones del sur del país y en especial la provincia de Santa Cruz, provocando graves consecuencias que afectan, no sólo el desarrollo habitual de las actividades de los habitantes, sino también serias complicaciones en las rutas provinciales; como, además, todas las conexiones terrestres que unen las localidades del interior.

El evento climático citado ha sido de carácter extraordinario, registrándose a la fecha temperaturas extremas que ponen en riesgo la salud de los habitantes de esta zona patagónica, sumado a las haciendas de los establecimientos rurales y aquellos animales que componen nuestra fauna autóctona.

De este modo, los organismos estatales deberán elaborar los planes de emergencia, de contingencia y programas de protección civil que correspondan al caso, debiendo participar como coordinador ejecutivo la Dirección Provincial de Protección Civil con intervención de la empresa Servicios Públicos Sociedad del Estado, la Administración General de Vialidad Provincial, Distrigas, y demás organismos públicos correspondientes, pudiendo -asimismo- concertar acciones conjuntas con las Juntas Locales de Protección Civil de las localidades del interior que se constituyan.

Por último, y para dar cumplimiento a la normativa, se exceptuó a los ministerios de Gobierno, de Desarrollo Social, de Salud y Ambiente, y de Energía y Minería, Servicios Públicos Sociedad del Estado, la Administración General de Vialidad Provincial y Distrigas de permitir la incorporación temporaria de personal, realización de contrataciones en forma directa para la provisión de bienes, obras y servicios que las necesidades impongan para atender los gastos y eventualidades que surjan del estado de Emergencia Climática.

Esto queda previsto en las disposiciones del Decreto 1260/18 y modificatorios, de los alcances de la Ley N° 3755 y modificatoria de Administración Financiera, los Sistemas de Control del Sector Público Provincial, la Ley de Obras Públicas N° 2743 y sus decretos reglamentarios correspondientes.