El gobierno impulsa una ley de emergencia económica que incluye la racionalización integral de la planta de personal, otorgarle al Ejecutivo la facultad para intervenir entes provinciales, sanear deudas de los municipios, y suspender contratos de obras públicas y servicios.

Pone fin a las adscripciones, regula licencias por enfermedad, y establece un tope salarial de acuerdo a lo que cobra el gobernador. La norma supedita los aumentos de sueldos a los ingresos al erario público, y criterios de mérito y productividad. Además suspende la pauta oficial y los subsidios.

Hace tres décadas cuando Néstor Kirchner asumió su primer mandato de gobernador dictó por decreto una medida similar aunque en aquella ocasión fue más drástico: suspendió el pago de salarios y recortó los sueldos y haberes a activos y jubilados.

El proyecto que apura el gobernador, Claudio Vidal, y que todavía no está finalizado debe ser votado por la legislatura en sesión extraordinaria.

A pesar de que ya trascendieron públicamente los trazos gruesos de la iniciativa, el bloque Unión por la Patria, aun no fijó una postura sobre el paquete de medidas que incluye el proyecto oficial.

El kirchnerismo debutó en su rol opositor con un faltazo a la primera sesión extraordinaria de la gestión Vidal, que debía tratar la aprobación del presupuesto, la orgánica de Ministerios, la eliminación de la Ley de Lemas, y la realización de auditorías a los ocho años de gestión de Alicia Kirchner.

Un desplante de la facción política que gobernó la provincia durante tres décadas como si fuera un feudo, y que ahora, relegado del poder, parece no haber tomado conciencia de su nuevo status venido a menos y con escasa capacidad de maniobra para imponer su voluntad.

Justificó su ausencia en el recinto argumentando que "las prioridades eran otras", en alusión al ajuste que propone el presidente Javier Milei, y -paradójicamente- convocando al diálogo y el consenso luego de haber bloqueado la sesión parlamentaria.

Los puntos claves del proyecto

Consta de una treintena de artículos, y en el primero de ellos declara la emergencia económica y financiera en el ámbito de la Administración Central y sus organismos, Entes Descentralizados y Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación mayoritaria del Estado Provincial, es por el plazo de un año, y podrá ser prorrogado por una sola vez y por igual término.

El artículo 2 dice que el Poder Ejecutivo podrá disponer la intervención de todos los entes, empresas y sociedades, cualquiera sea su tipo jurídico, integrantes del Sector Público provincial.

El Interventor podrá disponer, cuando lo estimare necesario, "se mantenga o no en el cargo o función, el despido o baja del personal que cumpla con funciones de responsabilidad y conducción ejecutiva en el ente, empresa o sociedad intervenida, se encuentre o no en ejercicio efectivo del cargo o función".

Suspensión de subsidios y pauta oficial

Otro de los artículos suspende los subsidios, aun los vigentes a la fecha. Como en otras medidas fijadas en el proyecto, "las excepciones a lo establecido en este artículo serán expresamente autorizadas por el Poder Ejecutivo de manera fundada".

Se suspende la pauta publicitaria de todo tipo, con excepción de la que corresponda realizar para informar convocatorias, notificaciones, decisiones judiciales y/o administrativas que impliquen plazos y obligaciones con plazo de ejecución y/o vencimiento, e intimaciones con igual carácter.

Sueldos altos hasta un monto límite

El proyecto establece que los salarios y remuneraciones de los funcionarios y empleados de la Administración Pública no podrán superar por todo concepto el 95% de la remuneración total que se fije para el Gobernador de la Provincia.

Añade que "los incrementos salariales a otorgarse durante la vigencia de la presente Ley estarán fundados en los ingresos que obtenga el erario provincial, en la reducción de gastos de funcionamiento del Estado, y en criterios e índices de eficiencia y productividad".

Planta de personal

Mientras dure la emergencia económica se prohíben los ingresos de personal en cualquiera de sus modalidades, salvo excepciones autorizadas por el Poder Ejecutivo. Los funcionarios que infrinjan la norma serán responsables patrimonialmente.

Asimismo se dejan sin efecto, las recategorizaciones y/o reubicaciones escalafonarias que se hubieren realizado en los seis (6) meses anteriores al día 10 de diciembre de 2023.

La misma medida se toma con las adscripciones de personal existentes a la fecha, y las licencias extraordinarias. Mientras que las licencias por enfermedad, tratamiento prolongado, con tareas pasivas o jornada reducida, deberá ser evaluado por el Servicio de Reconocimientos Médicos dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente, y resolver en consecuencia su situación con anterioridad al 31/03/2024.

Artículo 15 declara sujeta a racionalización integral, la planta de personal de todas las dependencias y organismos comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente, con el fin de propender a la mejor distribución de los agentes y empleados.

Obras públicas

La norma faculta al Ejecutivo a disponer, la rescisión, prórroga y/o renegociación de los contratos, sean de obra, de servicios, de suministros, de concesión pública, de consultoría y/o de cualquier otro tipo.

En otro orden, se suspenden la ejecución de sentencias judiciales contra el Estado.

Deudas de los municipios

El Poder Ejecutivo podrá proponer y efectivizar el saneamiento de la situación económica financiera verificada a la fecha de entrada en vigencia de la presente, entre cada uno de los municipios y el Estado provincial o sus organismos. En este caso Se invita a los municipios a adherir a la presente ley, legislando en el ámbito de su competencia sobre las materias incluidas en la misma.

El gobierno invita al Poder Legislativo, al Poder Judicial y al Consejo de la Magistratura a aplicar las disposiciones de la presente ley en el ámbito de su competencia en los aspectos que corresponda.

La provincia de la emergencia crónica

El 02 de enero de 1992  a poco de asumir la gobernación, Néstor Kirchner firmó el Decreto 309/92, junto a sus ministros, Carlos Zanini, Ricardo Jaime y Alicia Kirchner declarando la emergencia económica y en ese contexto, la imposibilidad de pago de todos los sueldos y aguinaldos e informando que se recortaría un 15% los haberes del personal de la administración pública, activos y jubilados. 

Según Kirchner, su antecesor gobernador interino Héctor Marcelino “Chicho” García  le había dejado una provincia en llamas, justificando de este modo las medidas de ajuste que aplicaba con rigor de bombero eficaz. 

Los sueldos retenidos y recortados, fuero abonados con posterioridad y en cuotas, pero el daño producido en aquellas fiestas de fin de año no tuvieron reparación. 

Además, aquella emergencia decretada por Néstor Kirchner imperó en las sucesivas administraciones durante décadas sin que el Estado haya reparado sus cuentas y funcionamiento.