RÍO GALLEGOS.- Es en respuesta al amparo presentado por el gremio de trabajadores judiciales que advirtió que durante los últimos tres años ingresó personal sin rendir concurso público y abierto, violando el reglamento del Poder Judicial. Los ingresos fueron avalados por los vocales del TSJ.

El Juzgado de Primera Instancia N° 2 en lo Civil, Comercial, Laboral y de minería Secretaria N°1 resolvió admisible el amparo presentado por el sindicato de trabajadores Judiciales de Santa Cruz, solicitando al Tribunal Superior que dé a conocer "toda la nómina de ingresos al poder judicial que se produjeron desde marzo de 2020 a la fecha", fue el requerimiento.

La presentación del amparo se produjo, "ante la negativa de los vocales de dar a conocer esta información luego del envió de dos notas", informó la asociación sindical.

En la su resolución el Juzgado de Primera Instancia N° 2 en lo Civil, Comercial, Laboral y de minería Secretaria N°1 afirmó que "se encuentran reunidos "prima facie" los extremos para considerar formalmente admisible la presentación”, por lo que el Tribunal Superior, "deberá, en el término de dos días desde que fue notificado, cumplir con la manda judicial", dice en su parte sustancial el fallo que se conoció el viernes.

A través de un comunicado el gremio recordó que desde hace un año viene denunciando que "existen ingresos a la justicia avaladas por las máximas autoridades del Tribunal, lo que viola el Reglamento de Ingreso de Personal administrativo del Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz, el que establece la realización de un concurso público, abierto y democrático".

Qué deberá informar el Tribunal.

De acuerdo al amparo, el Tribunal Superior presidido por Paula Ludueña, e integrado además por los vocales, Mauricio Mariani, Renée Fernández, Alicia de los Ángeles Mercau, y Fernando Basanta, deberá especificar en su respuesta, "si los ingresos fueron de carácter transitorio; permanente; si fueron contratados, los plazos; renovaciones y pases a planta permanente".

También deberá detallar, "los requisitos que cumplieron los aspirantes ingresados y el marco legal en el cual fueron encuadrados".

El amparo también solicita se entregue el informe realizado en el año 2022 por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, respecto de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería y Juzgado de Familia de Rio Gallegos.