RIO GALLEGOS.- La justicia provincial declaró abusivo e ilegítimo el ejercicio del derecho a huelga llevado adelante por la Asociación Docente de Santa Cruz durante la primera mitad del actual ciclo lectivo, declaró esencial la prestación del servicio de educación en la provincia y limitó los días que los docentes podrán hacer paro en la segunda parte del año.

El fallo de primera instancia que lleva la firma del juez Marcelo Bersanelli hizo lugar a la acción de amparo iniciada por el gobierno de Alicia Kirchner contra el gremio docente luego que el mismo cumpliera 57 días de paro en lo que va del 2023, en tanto que el fallo judicial se dio a conocer el último fin de semana del receso invernal.

El fallo de Bersanelli especifica que a partir del lunes el gremio ADOSAC tiene limitada la cantidad de días de huelga para la segunda parte del año y determinó que no podrán dictar medidas de fuerza que superen el 20% de los días restantes del calendario escolar, en tanto aclara que la decisión es bajo apercibimiento de aplicación de multas progresivas.

En el mismo fallo, el magistrado convoca al ministerio de Trabajo a emplear en lo sucesivo todas las facultades que le otorgan las leyes 2450 y 2986 para procurar que ante futuros conflictos entre el CPE y ADOSAC, “las partes se avengan a establecer mecanismos de autorregulación que minimicen el daño que las medidas de acción directa ocasionan sobre los alumnos”.

El fallo completo.

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