SANTA CRUZ- Abogados piden a las autoridades del Tribunal Superior de Justicia, que mplementen de forma urgente el Expediente Digital en todo el ámbito del Poder Judicial Provincial, para garantizar el acceso a la justicia.  Argumentan que actualmente el expediente digital solo permite las notificaciones electrónicas, pero no el acceso al expediente, por lo cual los letrados tienen que concurrir a los edificios de los juzgados. Los abogados también requieren al TSJ que para el ámbito de la Primera Circunscripción Judicial, se prevean de forma inmediata las condiciones, para garantizar el inicio y sustanciación de procesos de familia, en especial alimentos, ejecuciones alimentarias, régimen de comunicación y cuidados personales; el inicio y sustanciación de amparos, habeas corpus y medidas cautelares, y el inicio y tramitación de juicios laborales y de procesos de ejecución de cobros laborales, entre otros puntos. El texto completo del comunicado de la Asociación de Abogados de Río Gallegos.  Exhortamos a las autoridades judiciales a garantizar la vigencia del Estado Derecho y el funcionamiento del Poder Judicial, aún –y especialmente- durante la crisis sanitaria. Es responsabilidad del Tribunal Superior de Justicia garantizar el acceso a la jurisdicción y la tutela judicial efectiva de los justiciables en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz. Desde el día 17 de marzo de 2020, el Poder Judicial ha tenido un funcionamiento intermitente, con ferias extraordinarias, recesos, y limitación de funciones, que ha implicado la imposibilidad de continuar los juicios en trámite, limitando su actuación a aquellos juicios que fueron considerados urgentes –con criterios sumamente restrictivo. Desde el 1 de agosto, la Primera Circunscripción Judicial ha limitado aún más su funcionamiento, hoy reducido a guardias mínimas, y con muy pocos trámites en curso. La crisis sanitaria, y las consecuentes medidas de restricción a la circulación y comparecencia de los trabajadores a las dependencias judiciales, no puede –luego de casi 5 meses- excusar por el cierre de los juzgados. Así como en otras jurisdicciones se ha instalado el expediente judicial digital, entendemos que en Santa Cruz debe avanzarse de modo inmediato en su implementación; pues ello permitiría sostener el funcionamiento de uno de los 3 poderes del Estado respetando la protección a la salud de justiciables, trabajadores, magistrados y abogados del foro. Hoy, sin embargo, el anunciado expediente digital sólo se ve limitado a una casilla de notificaciones electrónicas, pero es imposible el acceso remoto a los expedientes por el sistema, debiendo el letrado necesariamente concurrir a los juzgados para tomar vista de las causas. Este retraso inexcusable en la digitalización es lo que paraliza el servicio de justicia, no la pandemia. Es por ello que exhortamos a que se garantice el servicio de justicia y acceso a la jurisdicción, en la inteligencia que un Estado Republicano no admite tan prolongado cierre y funcionamiento disminuido de uno de los tres poderes del Estado; ni admite una indeterminación hacia la ciudadanía respecto al tiempo de ejercicio de sus derechos; colocándonos de facto en un sistema de ejercicio del poder sin control judicial. Requerimos, nuevamente y de modo público, que se implemente de forma urgente el Expediente Digital en todo el ámbito del Poder Judicial Provincial. Requerimos asimismo, para el ámbito de la Primera Circunscripción Judicial, se prevean de forma inmediata las condiciones para, al menos: *Garantizar el inicio y sustanciación de procesos de familia, en especial alimentos, ejecuciones alimentarias, régimen de comunicación y cuidados personales; *sustanciación de toda causa penal con personas privadas de su libertad y/o en donde se encuentre en riesgo la prescripción de la acción; *el inicio y sustanciación de acciones relativas a denuncias de violencia doméstica y de género; *el inicio y sustanciación de amparos, habeas corpus y medidas cautelares; *inicio y tramitación de juicios laborales y de procesos de ejecución de cobros laborales * tramitación de cobros en todo trámite donde se encuentren depositados los importes respectivos; *habilitación de los trámites de cobro e inicio y sustanciación de trámites de ejecución de honorarios, por tratarse de una cuestión alimentaria. Entendemos que en las situaciones de crisis institucional se requieren acciones comprometidas y medidas pro-activas de quienes tienen responsabilidades públicas, y que en esos momentos es cuando es aún más necesario el adecuado funcionamiento del sistema judicial de determinación de derechos y libertades; resultando incompatible con la vigencia del Estado de Derecho el mantener el servicio de justicia cerrado o limitado seriamente en sus funciones a causas “urgentes” o como “excepción”, pues es ínsito al sistema republicano de gobierno la existencia de un poder judicial activo y presente como normalidad y no como excepcionalidad. ASOCIACION DE ABOGADOS DE RIO GALLEGOS