SANTA CRUZ.- Se conoció esta medianoche el Decreto 0890/2020 por el cual la gobernadora, Alicia Kirchner, dispuso el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio para la ciudad de Río Gallegos, afectada por un brote de COVID-19 que a la fecha registra 352 contagios y tres personas fallecidas. A partir de esta medida, se restringen horarios de circulación de acuerdo al DNI, y vuelven a establecerse prohibiciones y habilitaciones para actividades comerciales, profesionales y sociales.

"Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del 1 de de agosto de 2020 hasta el 16 de agosto inclusive", dice en sus fundamentos el Decreto 0890/2020 que firmó esta noche la gobernadora, Alicia Kirchner.

Luego que se desatara un brote de COVID-19 en Río Gallegos que elevó de 3 a 352 casos positivos la cifra de contagios y produjo el fallecimiento de tres personas, la gobernadora Alicia Kirchner firmó el Decreto 0890/2020 que reinstala el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en la capital provincial. Se restringe la circulación de acuerdo al DNI y en horario reducido.

El instrumento legal se fundamenta en "el brote por conglomerado a partir de 15 de julio", de contagios en Río Gallegos que al día de hoy registra 352 casos positivos y tres personas fallecidas en la última semana.

Cierran los negocios después de esa hora, a excepción de las estaciones de servicio de expendio de combustible, y las farmacias de turno.

El funcionamiento de supermercados mayoristas y minoristas, autoservicios, comercios de cercanía de productos alimenticios y farmacias será en horario corrido desde las 10:00 hasta las 17:00 hs.

El horario de circulación de personas es de 10:00 a 17:00 horas, después de esa hora solo podrán circular trabajadores que prestan servicios en áreas escenciales, como Salud, Desarrollo Social, Seguridad, Servicios Públicos y Distrigas.

Horarios permitidos para circular

Los días lunes, miércoles, viernes documentos terminados en (0)  y números pares.
Los días martes, jueves y sábados, documentos terminados en números impares.
El día domingo 9 de agosto del 2020 deberán circular las personas cuyo documento terminen en número cero (0) y par y el día 16 de agosto de 2020 las personas cuyo documento termine en número impar.

Quedan exceptuadas de la medida dispuesta por el gobierno provincial,  todas aquellas personas que efectúen tareas o presten servicios considerados esenciales o críticos o servicios autórizados.

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